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domingo, 25 de junio de 2017

Pontifical Romano. Ordenación del Obispo, de los presbíteros y de los diáconos. Introducción general. Capítulo I, nn. 1-30; 65-66 (2ª ed. 29-junio-1989).

Pontifical Romano (2ª ed típica, España 1997)

Ordenación del Obispo, de los presbíteros y de los diáconos, 2ª ed. typica (29-junio 1989).

INTRODUCCIÓN GENERAL

I. LA ORDENACIÓN SAGRADA


1. Por la ordenación sagrada, algunos fieles cristianos son instituidos en el nombre de Cristo, y reciben el don del Espíritu Santo, para apacentar la Iglesia con la palabra y la gracia de Dios [1].

2. Porque “Cristo, a quien el Padre santificó y envió al mundo (Jn 10, 36), hizo a los Obispos partícipes de su propia consagración y misión por mediación de los Apóstoles, de los cuales son sucesores. Estos han confiado legítimamente la función de su ministerio en distintos grados a diversos sujetos en la Iglesia. Así, el ministerio eclesiástico, instituido por Dios, está ejercido en diversos órdenes que ya desde antiguo recibían los nombres de Obispos, Presbíteros y Diáconos” [2].

3. Los Obispos, “cualificados por la plenitud del sacramento del Orden” [3], “por el Espíritu Santo que han recibido en la Ordenación”, “han sido hechos los verdaderos y auténticos maestros de la fe, pontífices y pastores” [4], y como tales presiden la grey del Señor en la persona de Cristo cabeza.

4. “Los presbíteros, aunque no tengan la plenitud del sacerdocio y dependan de los Obispos en el ejercicio de sus poderes, sin embargo están unidos a éstos en el honor del sacerdocio y, en virtud del sacramento del Orden, quedan consagrados como verdaderos Sacerdotes de la Nueva Alianza a imagen de Cristo, sumo y eterno Sacerdote, para anunciar el Evangelio a los fieles, para dirigirlos y para celebrar el culto divino” [5].

5. A los diáconos, “se les imponen las manos para realizar un servicio y no para ejercer el sacerdocio. Fortalecidos, en efecto, con la gracia del sacramento, en comunión con el Obispo y sus presbíteros, están al servicio del pueblo de Dios en el ministerio de la liturgia, de la palabra y de la caridad” [6].

6. La Ordenación sagrada se confiere por la imposición de las manos del Obispo y la Plegaria con la que bendice a Dios e invoca el don del Espíritu Santo para el cumplimiento del ministerio [7]. Pues, por la tradición principalmente expresada en los ritos litúrgicos y en la práctica de la Iglesia tanto de Oriente como de Occidente, está claro que, por la imposición de las manos y la Plegaria de Ordenación, se confiere el don del Espíritu Santo y se imprime el carácter sagrado, de tal manera que los Obispos, los presbíteros y los diáconos, cada uno a su modo, quedan configurados con Cristo [8].

1. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 11.
2. Ibid., núm. 28.
3. Ibid., núm. 26.
4. Cf. Concilio Vaticano II, Decreto sobre el Ministerio Pastoral de los Obispos en la Iglesia, Christus Dominus, núm. 2.
5. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 28.
6. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 29.
7. Cf. Pío XII, Constitución Apostólica Sacramentum Ordinis: A.A.S. 40 (1948) 5-7; Pablo VI, Constitución Apostólica Pontificalis Romani recognitio; CIC, can. 1009 § 2.
8. Cf. PABLO VI, Constitución Apostólica Pontificalis Romani recognitio.



II. ESTRUCTURA DE LA CELEBRACIÓN

7. La imposición de las manos y la Plegaria de Ordenación son el elemento esencial de todas las Ordenaciones: en él la misma plegaria de bendición e invocación determina el significado de la imposición de las manos. En consecuencia, estos ritos, por ser el centro de la Ordenación, deben ser inculcados por medio de la catequesis y puestos de relieve a través de la celebración misma.

Mientras se imponen las manos, los fieles oran en silencio, pero participan en la Plegaria de Ordenación escuchándola, y, por medio de la aclamación final, confirmándola y concluyéndola.

8. Capital importancia, dentro de la celebración de las Órdenes, tienen los ritos preparatorios, a saber, la presentación del elegido o la elección de los candidatos, la homilía, la promesa de los elegidos, las letanías, y sobre todo los distintos ritos explicativos de las diversas Órdenes, que señalan las funciones, conferidas por la imposición de las manos y la invocación del Espíritu Santo.

9. La Ordenación se ha de celebrar dentro de la Misa en la que los fieles, sobre todo el domingo, participan activamente “junto a un único altar, que el Obispo preside rodeado por su presbiterio y sus ministros” [9].

De este modo se unen al mismo tiempo la principal manifestación de la Iglesia y la administración de las Órdenes sagradas junto con el Sacrificio eucarístico, fuente y cumbre de toda la vida cristiana [10].

10. El íntimo nexo de la misma Ordenación con la Misa celebrada se manifiesta oportunamente no sólo por la inserción del rito y por las fórmulas propias en la Plegaria eucarística y en la bendición final, sino también, observado lo prescrito, por medio de las lecturas que se pueden elegir y empleando la Misa ritual propia, según el Orden que se confiere.

9. Concilio Vaticano II, Constitución sobre la Sagrada Liturgia, Sacrosanctum Concilium, núm. 41.
10. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 11.




III. ADAPTACIONES SEGÚN LA VARIEDAD DE REGIONES Y CIRCUNSTANCIAS

11.
Corresponde a las Conferencias Episcopales acomodar el rito de la Ordenación del Obispo, de los presbíteros y de los diáconos a las necesidades de cada una de las regiones para que, tras la aprobación de la Sede Apostólica, sea utilizado en sus respectivas regiones. En esta materia, corresponde a las Conferencias Episcopales, habida cuenta de las circunstancias, la idiosincrasia y las tradiciones de los pueblos:

a) determinar la forma con que la comunidad presta su asentimiento a la elección de los candidatos según la costumbre de la región (en la Ordenación del Obispo, nn. 38 y 78; en la Ordenación de presbíteros, nn. 122, 150, 266 y 307 en la Ordenación de diáconos, nn. 198, 226, 224 y 305);

b) establecer que se añadan, si parece oportuno, otras preguntas a las previstas en los ritos antes de la Ordenación (en la Ordenación del Obispo, nn. 40 y 76; en la Ordenación de presbíteros, nn. 124, 152, 270 y 311; en la Ordenación de diáconos, nn. 200, 228, 268 y 309);

c) determinar la forma con la que los elegidos para el diaconado y el presbiterado prometen reverencia y obediencia (nn. 125, 153, 201, 228, 269, 271, 310 y 312);

d) establecer que el propósito de asumir la obligación del celibato se manifieste con alguna forma externa, además de la respuesta a la pregunta al respecto (en la Ordenación de diáconos, nn. 200, 228, 268 y 309);

e) aprobar algunos cantos para utilizarlos en lugar de los indicados en este libro;

f) proponer a la Sede Apostólica otras adaptaciones de los ritos para introducirlos con su consentimiento. Sin embargo, la imposición de manos no se puede omitir; la Plegaria de Ordenación no se puede reducir ni sustituir por otros textos alternativos. Debe respetarse la estructura general del rito y la índole propia de cada uno de sus elementos.


CAPÍTULO I. ORDENACIÓN DEL OBISPO

INTRODUCCIÓN GENERAL

I. IMPORTANCIA DE LA ORDENACIÓN


12. Se es constituido del Cuerpo de los Obispos en virtud de la Ordenación episcopal y por la comunión jerárquica con la Cabeza del Colegio y sus miembros. El Orden de los Obispos sucede en el magisterio y en el régimen pastoral al colegio de los Apóstoles, más aún, en él perdura ininterrumpidamente el cuerpo apostólico [11]. Pues los Obispos, “como sucesores de los Apóstoles, reciben del Señor, a quien se le ha dado todo poder en el cielo y en la tierra, la misión de enseñar a todos los pueblos y de predicar el Evangelio a todo el mundo para que todos los hombres, por al fe, el bautismo y el cumplimiento de los mandamientos, consigan la salvación (cf. Mt 28,18)” [12]; el Colegio episcopal, reunido bajo una sola cabeza, el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, expresa la unidad, variedad y universalidad de la grey de Cristo [13].

13. A su vez, cada uno de los Obispos, puestos al frente de las Iglesias particulares, ejercen su gobierno pastoral sobre la porción del Pueblo de Dios que se les ha confiado [14]; son el principio y fundamento visible de la unidad en esas Iglesias particulares, conformadas a imagen de la Iglesia universal, pues en ella y por ellas existe la Iglesia católica [15].

14. La predicación del Evangelio sobresale entre las funciones principales de los Obispos; porque los Obispos son heraldos de la fe, que conducen nuevos discípulos a Cristo, y doctores auténticos que predican al pueblo a ellos confiado la fe que ha de creer y aplicar a la vida moral [16]. Y así como por el ministerio de la palabra comunican la fuerza de Dios a los creyentes para que se salven (cf. Rm 1,16 ), también mediante los sacramentos santifican a los fieles; ellos regulan la administración del bautismo; ellos son los ministros originarios de la confirmación, los que confieren las sagradas Ordenes y los moderadores de la disciplina penitencial. Investidos de la plenitud del sacramento del Orden, son “administradores de la gracia del sumo sacerdocio” sobre todo en la Eucaristía que ellos mismos ofrecen o procuran que se ofrezca. Pues toda legítima celebración de la Eucaristía es dirigida por ellos: y en toda comunidad reunida en torno al altar, bajo el ministerio sagrado del Obispo se manifiesta el símbolo de la caridad y unidad del Cuerpo místico [17].

11. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 22.
12. Ibid., núm. 24.
13. Ibid., núm. 22.
14. Ibid., núm. 23.
15. Ibid.
16. Cf. ibid., núm. 25.
17. Cf. Concilio Vaticano II, Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen gentium, núm. 26.



II. OFICIOS Y MINISTERIOS

15. Todos los fieles tienen obligación de orar por la elección de su Obispo y por el elegido. Hágase esto principalmente en la oración universal de la Misa y en las preces de Vísperas.Puesto que el Obispo es constituido en favor de toda la Iglesia local, deben ser invitados a la Ordenación clérigos y otros fieles, de manera que asistan a la celebración en el mayor número posible.

16. Al celebrar la Ordenación, según la práctica tradicional desde antiguo, el Obispo ordenante principal debe estar acompañado al menos de otros dos Obispos. Pero es muy conveniente que todos los Obispos presentes tomen parte en la elevación del nuevo elegido al ministerio del sumo sacerdocio [18], imponiéndole las manos, pronunciando lo que está determinado en la Plegaria de Ordenación y saludándole con el beso de la paz.

Así, en la misma Ordenación de cada uno de los Obispos, se significa la índole colegial del Orden.

Como de costumbre, el Metropolitano ordene al Obispo sufragáneo, y el Obispo del lugar al Obispo auxiliar.

El Obispo ordenante principal pronuncia la Plegaria de Ordenación, en la que se bendice a Dios y se invoca al Espíritu Santo.

17. Dos presbíteros de la diócesis para la que se ordena el elegido, le asisten al celebrar la Ordenación: uno de ellos, en nombre de la Iglesia local, pide al Obispo ordenante que confiera la Ordenación al elegido. Estos dos presbíteros y, en cuanto sea posible, también los otros presbíteros, sobre todo los de la misma diócesis, concelebran la liturgia eucarística en unión con el Obispo ordenado en esta celebración y con los demás Obispos.

18. Dos diáconos sostienen el libro de los Evangelios sobre la cabeza del elegido mientras se pronuncia la Plegaria de Ordenación.

18. Cf. ibid., núm. 22.



III. LA CELEBRACIÓN

19. Antes de celebrar la Ordenación, el elegido debe hacer ejercicios espirituales durante el tiempo oportuno.

20. Conviene que todas las comunidades de la diócesis para la que es ordenado el Obispo se preparen bien para celebrar la Ordenación.

21. El Obispo que, como cabeza se pone al frente de una diócesis, debe ser ordenado en la iglesia catedral. Los Obispos auxiliares, que se ordenan al servicio de una diócesis, deben ser ordenados también en la iglesia catedral o en otra iglesia de gran importancia en la diócesis.

22. La Ordenación del Obispo celébrese con la asistencia del mayor número posible de fieles en domingo o en día festivo, preferentemente en una fiesta de Apóstoles, a no ser que razones pastorales aconsejen otro día. Pero se excluyen el Triduo pascual, el Miércoles de Ceniza, toda la Semana Santa y la Conmemoración de todos los fieles difuntos.

23. La Ordenación tiene lugar dentro de la Misa estacional, una vez terminada la liturgia de la palabra y antes de la liturgia eucarística.

Puede emplearse la Misa ritual “En la que se confieren las sagradas Órdenes”, excepto en las Solemnidades, los Domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua, los días de la octava de Pascua y las fiestas de los Apóstoles. En estos casos se dice la Misa del día, con sus lecturas. Pero en los otros días, si no se dice la Misa ritual, se puede tomar una de las lecturas de las que se proponen en el Leccionario con este fin.

La Oración universal se omite porque las letanías ocupan su lugar.

24. Proclamado el Evangelio, la Iglesia local por medio de uno de sus presbíteros pide al Obispo ordenante principal que ordene al elegido. El elegido, en presencia de los Obispos y de todos los fieles, manifiesta la voluntad de ejercer su ministerio según los deseos de Cristo y de la Iglesia, en comunión con el Orden de los Obispos bajo la autoridad del sucesor de san Pedro Apóstol. En las letanías todos imploran la gracia de Dios en favor del elegido.

25. Por la imposición de las manos de los Obispos y la Plegaria de Ordenación, se le confiere al elegido el don del Espíritu Santo para su función episcopal. Éstas son las palabras que pertenecen a la naturaleza del sacramento y que por ello se exigen para la validez del acto:

“Et nunc effúnde super hunc eléctum 
eam virtútem, quae a te est, 
Spíritum principálem, 
quem dedísti dilécto Fílio tuo Iesu Christo, 
quem ipse donávit sanctis Apóstolis, 
qui constituérunt Ecclésiam per síngula loca, 
ut sanctuarium tuum, 
in glóriam et laudem indeficiéntem nóminis tui”.

(Infunde ahora sobre este tu elegido 
la fuerza que de ti procede: 
el Espíritu de gobierno 
que diste a tu amado Hijo Jesucristo,
 y él, a su vez, comunicó a los santos Apóstoles, 
quienes establecieron la Iglesia 
como santuario tuyo 
en cada lugar 
para gloria y alabanza incesante de tu nombre.)

El Obispo ordenante principal pronuncia la Plegaria de Ordenación en nombre de todos los Obispos presentes; las palabras esenciales son pronunciadas por todos los Obispos que, junto con el Obispo principal, impusieron las manos al elegido. Pero estas palabras se han de decir de tal modo que la voz del Obispo ordenante principal se oiga con claridad, mientras los demás Obispos ordenantes las pronuncian en voz baja.

26. Por la imposición del libro de los Evangelios sobre la cabeza del ordenando mientras se pronuncia la Plegaria de Ordenación, y por la entrega del mismo en manos del ordenado, se declara como función principal del Obispo la predicación fiel de la palabra de Dios; por la unción de la cabeza se significa la peculiar participación del Obispo en el sacerdocio de Cristo; por la entrega del anillo se expresa la fidelidad del Obispo a la Iglesia, esposa de Dios; por la imposición de la mitra, el deseo de alcanzar la santidad, y por la entrega del báculo pastoral, su función de regir la Iglesia que se le ha confiado.

Con el beso que el Ordenado recibe del Obispo ordenante principal y de todos los Obispos se pone como un sello a su acogida en el Colegio episcopal.

27. Es muy conveniente que el Obispo ordenado en la propia diócesis presida la concelebración de la liturgia eucarística. Pero si la Ordenación se ha hecho en otra diócesis, preside la concelebración el Obispo ordenante principal: en este caso, el Obispo recién ordenado ocupa el primer lugar entre los otros concelebrantes.


IV. LO QUE HAY QUE PREPARAR

28. Además de lo necesario para la celebración de la Misa estacional deben prepararse:

a) El libro de la Ordenación;

b) separatas de la Plegaria de Ordenación para los Obispos ordenantes;

c) el gremial;

d) el santo crisma;

e) lo necesario para lavarse las manos;

f) el anillo, el báculo pastoral, la mitra para el elegido y, en su caso, el palio. Estas insignias, excepto el palio, no necesitan bendición previa cuando se entregan en el mismo rito de la Ordenación.

29. Además de la cátedra del Obispo ordenante principal, se han de preparar sedes para los Obispos ordenantes, para el elegido y para los presbíteros concelebrantes, de esta forma:

a) En la liturgia de la palabra, el Obispo ordenante principal se sienta en la cátedra; los otros Obispos ordenantes, junto a la cátedra, a ambos lados; y el elegido, en el lugar más a propósito del presbiterio, entre los presbíteros que le asisten;

b) la Ordenación hágase normalmente junto a la cátedra; pero si es necesario para la participación de los fieles, prepárense las sedes para el Obispo ordenante principal y para los demás Obispos ordenantes delante del altar o en otro lugar más oportuno; pero las sedes para el elegido y para los presbíteros que asisten prepárense de modo que los fieles puedan ver bien la acción litúrgica.

30. El Obispo ordenante principal y los Obispos y presbíteros concelebrantes visten los ornamentos sagrados que se exige a cada uno para la celebración de la Misa.

Conviene que el Obispo ordenante principal lleve la dalmática bajo la casulla.

El elegido viste todos los ornamentos sacerdotales y además la cruz pectoral y la dalmática.

Pero los Obispos ordenantes, si no concelebran, han de llevar alba, cruz pectoral, estola y, si se cree oportuno, capa pluvial y mitra. Los presbíteros que asisten al elegido, si no concelebran, vestirán capa pluvial sobre el alba.

Los ornamentos han de ser del color de la misa que se celebre o, si no, de color blanco; también pueden emplearse otros ornamentos festivos o más nobles.

V. RITO DE LA ORDENACIÓN DEL OBISPO CUANDO SE CONFIERE A VARIOS A LA VEZ
65. Cuanto se dice en la Introducción general, nn. 15-27, vale también para el Rito de la Ordenación del Obispo cuando se confiere a varios a la vez.

En este caso se indica como especial lo siguiente:

a) a cada uno de los elegidos le han de asistir dos presbiteros;

b) es muy conveniente que todos los Obispos ordenantes y los presbiteros que asisten a los elegidos concelebren la Misa con el Obispo ordenante principal y con los elegidos Si la Ordenación se hace en la iglesia propia de alguno de los elegidos, concelebren también algunos de su presbiterio;

c) si la Ordenación tiene lugar dentro de la diócesis propia de alguno de elegidos, el Obispo ordenante principal puede invitar al Obispo recién ordenado para que presida la concelebración en la liturgia eucarística. De no ser así, preside la concelebración el Obispo ordenante principal; pero los Obispos recién ordenados ocupan los primeros lugares entre los demás concelebrantes;

d) además de lo necesario para la celebración de la Misa estacional deben prepararse:
1) El Libro de la Ordenación;
2) separatas de la Plegaria de Ordenación para los Obispos ordenantes,
3) los Evangelios que se han de imponer a cada uno de los elegidos;
4) el gremial;
5) el santo crisma;
6) lo necesario para lavarse las manos;
7) el anillo, el báculo pastoral y la mitra para cada uno de los elegidos y, en su caso, el palio. Estas insignias, excepto el palio, no necesitan bendición previa cuando se entregan en el mismo rito de la Ordenación;

e) las sedes han de prepararse del modo indicado en el número 29.

66. El Obispo ordenante principal y los Obispos y presbíteros concelebrantes visten los ornamentos sagrados que a cada uno se les exigen para la celebración de la Misa.

Conviene que el Obispo ordenante principal lleve la dalmática bajo la casulla

Los elegidos visten todos los ornamentos sacerdotales y además la cruz pectoral y la dalmática.

Pero los Obispos ordenantes, si no concelebran, han de llevar alba, cruz pectoral, estola y, si se cree oportuno, capa pluvial y mitra. Los presbiteros que asisten a los elegidos, si no concelebran, vestirán capa pluvial sobre el alba.

Los ornamentos han de ser del color de la Misa que se celebra o, si no, de color blanco; también pueden emplearse otros ornamentos festivos o más nobles.

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